La Junta de Escuela es el órgano colegiado de representación y de decisión de la EEI y se rige por el título I del Reglamento de Régimen Interno de la EEI.
Composición de la Junta de Escuela
La Junta de Escuela está compuesta por los siguientes miembros:
- El director de la EEI, que la preside.
- El Secretario de la EEI que lo será de la propia Junta.
- Todo el profesorado de la EEI con vinculación permanente a la Universidad, que constituirá el 51% de la Junta de Escuela
- Una representación del personal docente e investigador sin vinculación permanente a la Universidad, que corresponderá al 9% de la Junta de Escuela. En cualquier caso, por lo menos el 80% corresponderá al personal docente e investigador con dedicación a tiempo completo.
- Una representación del alumnado, que constituirá el 30% de la Junta de Escuela.
- Una representación del personal de administración y servicios que constituirá el 10% de la Junta de Escuela.
Los miembros electors de la Junta de Escuela se renovarán cada dos años.
Funciones de la Junta de Escuela
De acuerdo con el artículo 43 de los Estatutos de la Universidad de Vigo, la Junta de Escuela tiene las siguientes funciones:
- La elaboración, aprobación y modificación de la propuesta de su reglamento de régimen interno.
- La elección y revocación del Director.
- La aprobación de la propuesta de distribución del presupuesto anual de la Escuela y de su ejecución.
- La implantación y seguimiento de los planes de estudio.
- Cuidado del buen funcionamiento de todos los órganos y servicios de la Escuela.
- La resolución de conflictos que se puedan producir en el seno de la Escuela.
- La promoción y el ordenamiento de la realización de trabajos fin de grado y trabajos fin de máster, y de enseñanzas y actividades complementarias exigidas para obtener los títulos.
- La proposición y aplicación de las normas de selección de estudiantes y la valoración de su rendimiento y aprovechamiento.
- La preparación y coordinación, de modo eficaz y adecuado, del horario de las distintas materias, cursos monográficos, cursos de especialización, pruebas parciales y finales, distribución de aulas y servicios y enseñanzas complementarias, así como la habilitación de medidas de control del cumplimiento de las obligaciones docentes.
- La distribución de los espacios que le sean asignados.
- Todas aqeullas que le atribuyan la legislación vigente y los Estatudos de la Universidad de vigo y no atribuídas expresamente al Director.