Trámites

PRINCIPALES TRÁMITES RECOGIDOS EN EL REGLAMENTO DE ESTUDIOS DE DOCTORADO DE LA UNIVERSIDAD DE VIGO:

https://secretaria.uvigo.gal/uv/web/normativa/public/show/368

Artigo 32. COMPROMISO DE SUPERVISIÓN

Las funciones de supervisión, tutela y seguimiento de los/las estudiantes se reflejarán en un compromiso de supervisión. Dicho compromiso será firmado por una representación específica designada por la universidad, el tutor/a y el doctorando/a, en un plazo máximo de un mes que contará desde la fecha de matrícula, y se incorporará la firma del director/a en el momento de su designación. Este compromiso de supervisión se incorporará al documento de actividades del doctorando/a en el momento de su firma por todas las personas implicadas. En el compromiso de supervisión se especificará la relación académica entre el doctorando/a y la universidad, sus derechos y deberes, que incluirán los posibles derechos de propiedad intelectual y/o industrial derivados de la investigación, así como la aceptación del procedimiento de resolución de conflictos y su duración. Se incluirán también los deberes de la( s) persona( s) que tutelen y dirijan la tesis.

Artigo 31. PLAN DE INVESTIGACIÓN

Antes de seis meses, que se contarán desde la fecha de la matrícula, el doctorando/a elaborará un plan de investigación que incluirá la metodología empleada y los objetivos que se han de alcanzar, así como los medios y la planificación temporal para conseguirlo. El plan se presentará y se avalará con el informe del director/a y del tutor/a, además de aprobarlo la CAPD. Este plan se podrá mejorar y detallar en el proceso de evaluación anual contando con el aval del tutor/a y del director/a. Anualmente la CAPD supervisará el plan de investigación y el documento de actividades, y dispondrá para realizar la supervisión de los informes que para tal efecto emitirán el tutor/a y el director/a. La evaluación positiva será requisito indispensable para continuar en el programa. En el caso de evaluación negativa, que será debidamente motivada, el/la estudiante de doctorado será de nuevo evaluado en el plazo de seis meses, para lo cual elaborará un nuevo plan de investigación. En el supuesto de producirse una nueva evaluación negativa, causará baja definitiva en el programa. El incumplimiento del plazo de presentación del plan de investigación lleva consigo el archivo de la matrícula. El citado archivo de matrícula se transformará en una baja definitiva si no se presenta el plan de investigación finalizado el curso en el que tendría que presentarse.

Artigo 30. DOCUMENTO DE ACTIVIDADES DEL DOCTORANDO/A

Una vez matriculado cada doctorando/a en el programa, se materializará el documento de actividades personalizado a los efectos del registro individualizado. En él se inscribirán todas las actividades de interés para el desarrollo del doctorando/a segundo lo que establezca la escuela de doctorado y será supervisado anualmente por la CAPD.

Dicho documento deberá ajustarse al formato establecido, registrarse en la aplicación informática y quedar constancia documental que acredite la realización de las actividades realizadas por el doctorando/a. El/La estudiante de doctorado tendrá acceso al documento de actividades de doctorando/a para anotar y actualizar las actividades que realice en el contexto del programa. Sus registros serán validados por el órgano académico correspondiente tras la valoración del tutor/a y el director/a, luego de la comprobación por parte de la administración de la autenticidad/veracidad de los méritos alegados, de ser el caso. Al documento de actividades de doctorado tendrán acceso, para las funciones que correspondan en cada caso, el doctorando/a, su tutor/a, su director/a de tesis, así como las personas que participen en la evaluación y en la gestión del expediente.